En medio de una confrontación, el Congreso del Estado de Puebla aprobó un ajuste a la llamada Ley de Ciberseguridad.
Este jueves en sesión pública ordinaria se modificó el Artículo 480 sobre el ciberasedio a fin de reducir la pena corporal mínima de 11 a 6 meses de prisión. También se incorporó un elemento de exclusión de manera que no se sancione la crítica al gobierno, ni la libertad de expresión y periodismo legítimos.
La polémica reforma fue aprobada con 34 a favor, 6 en contra del PAN y PRI; y una abstención del Partido Movimiento Ciudadano.
Los diputados subieron a tribuna a exponer sus argumentos, la presidenta del Congreso Laura Artemisa García Chávez señaló que las modificaciones se concretaron gracias a la apertura de dos foros públicos donde participaron especialistas y representantes de los medios de comunicación.
Por el contrario, organizaciones como Artículo 19 y ciudadanos que se han amparado en contra del delito de ciberasedio, manifestaron su inconformidad porque exigían que el artículo fuera eliminado y no modificado.
El Artículo 480 quedó de la siguiente forma:
“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona, y como consecuencia altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física o emocional”.
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